Las televisoras de cable quedaron en una indefinición legal sobre si deberán o no transmitir pautas con los spots de los partidos políticos, de acuerdo con el nuevo reglamento de radio y televisión que aprobó ayer el Instituto Federal Electoral.
GUADALUPE IRÍZAR. REFORMA |Sin embargo, las cableras sí estarán obligadas a respetar la prohibición de vender espacios comerciales para propaganda política, a partidos políticos o personas físicas o morales, incluida en la Constitución, en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), y ahora en el nuevo reglamento de radio y televisión.
Por unanimidad, los consejeros electorales del IFE aprobaron ayer incluir un artículo transitorio en el reglamento para que en un plazo máximo de 60 días se elabore un estudio técnico y jurídico por parte del IFE para definir de qué modo se incorporan las televisiones de cable al reglamento y si transmitirán o no spots de partidos.
Mientras tanto, las empresas de televisión restringida no transmitirán pautas con los spots de los partidos entregadas por el IFE, y se limitarán a respetar los spots de los partidos si estuvieran incluidos en los programas de la televisión abierta que retransmiten.
La inclusión de un artículo transitorio para que el IFE elabore un estudio y defina la regulación a las televisoras de cable, se dio luego de varios días de negociaciones y de intensos jaloneos entre partidos y consejeros electorales.
El estudio es expresión también de la falta de acuerdo entre los consejeros electorales sobre el tema.
Estas negociaciones del reglamento incluyeron consultas sobre diversos temas a los representantes de los concesionarios de radio y televisión en los últimos días.
La propuesta del estudio sobre las cableras la presentó el consejero electoral Arturo Sánchez, en respuesta a una solicitud ante el Consejo General del IFE del representante del PRD, Rafael Hernández Estrada.
El representante del PAN, Roberto Gil, expresó ante el Consejo su acuerdo con que se estudie la situación de las televisoras y que no se les excluya de la normatividad general contemplada en el reglamento.
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